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REGLAMENTO

Constitución de Lovin La Vida

Preámbulo

 

El Grupo de Apoyo Estudiantes L.L.V. entendiéndose por las siglas Lovin La Vida, es una asociación compuesta por estudiantes los cuales tiene como función primordial, ofrecer todo tipo de ayuda bajo nuestro poder para ayudar a mejorar la calidad de vida tanto de la comunidad universitaria como de la comunidad puertorriqueña. Para esto trabajaremos con la Oficina de Calidad de Vida y con el Decanato de Estudiantes del Recinto Universitario de Mayagüez, así como las autoridades rectoras del Sistema de la Universidad de Puerto Rico. Este esfuerzo incluirá la participación de nuestra organización en cualquier actividad que ayude a mejorar la calidad de vida de la comunidad. Nuestra determinación de trabaja r en actividades dentro y fuera del Recinto, será guiada siempre bajo la misión y visión de la Oficina de Calidad de Vida, las cuales apoyamos y hacemos nuestras.


Artículo 1 – Administración

 

Toda organización estudiantil tiene base legal el reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico establecido en el año 1997, el cual no se puede interferir o cambiar. La asociación LLV responde a unas autoridades Universitarias y se sigue un protocolo de la siguiente manera: Presidente/a LLV, Director de la Oficina de Calidad de Vida, Decanato de estudiante y Rector. Estos medios son los a seguir, para la producción y mantenimiento de labores administrativas necesarias. Este reglamento interno está fundamentado en las directrices de la Oficina de calidad de Vida, la misión y la visión de cada uno da los miembros de Lovin La Vida.

 

Artículo 1.1: Declaración de Objetivos

 

Lovin La Vida debe llevar a cabo actividades en las cuales se resalten maneras o alternativas para mejorar la calidad de vida y mantenerla. Debe realizar conferencias y talleres de capacitación, en el área de la prevención y promoción de estilos de vida saludables, para los miembros de nuestra organización y de la comunidad universitaria y en general. Además, debe establecer una colaboración con oficinas del Recinto que pueden ayudar a realizar nuestras metas como grupo, para el bienestar de la comunidad universitaria.

 

Artículo 1.2: Miembros de la Asociación

 

El/la estudiante deberá cumplir responsablemente con una cuota establecida por la directiva, de haber una. El/la candidata/a será iniciado/a en una actividad organizada por la directiva y aprobada por el pleno. Una vez el/la candidata/a sea iniciado/a podrá gozar de todos los derechos y beneficios que goza cualquier miembro activo de la organización. Por último, todos los miembros tienen que asistir a todas las reuniones pautadas por el/la presidente/a.
Si algún miembro no puede asistir a las reuniones o actividades es su responsabilidad notificarlo con anterioridad.

 

Artículo 2: Cuerpo Directivo

 

Nuestra asociación será dirigida por una Directiva y un consejero/a.

 

Sección 1: Presidente/a

 El/la Presidente/a tendrá la responsabilidad de presentar al principio de su término una agenda programática de todas las reuniones y actividades a realizarse durante su periodo. Además, tendrá la responsabilidad de dirigir las reuniones, planificar actividades, de estipular la cuota de membresía que se cobrará semestralmente, de haber una, nombrar comités y delegar líderes en cada comité, velar por el desenvolvimiento y el progreso de todas las actividades.

 

Sección 2: Vice-Presidente/a

 El/la Vice-Presidente/a tendrá la responsabilidad de sustituir al/la presidente/a al momento que el/la misma falte. De tener que sustituir al presidente/a, éste/a asumirá todas las responsabilidades del/la presidente/a antes mencionadas.

 

Sección 3: Tesorero/a

El/la Tesorero/a tendrá la responsabilidad de llevar las finanzas de la Organización y convocar conjunto al presidente/a actividades destinada a la recaudación de fondos. Tiene el deber de presentar informes ante el pleno sobre la situación financiera del cuerpo, los mismos deben ser por escritos y presentados oralmente ante el pleno cada dos meses.

 

Sección 4: Secretario/a

El/la Secretario/a tendrá la responsabilidad de llevar a cabo las minutas de las reuniones y los informes del tesorero/a. El/la secretario/a será el enlace entre la directiva y el pleno. Preparará y mantendrá un registro de las actas de asistencias. Notificará sobre las reuniones convocadas por el/la presidente/a.


Artículo V: Disposiciones Generales

 

El reglamento del Grupo de Apoyo Estudiantil Lovin La Vida podrá ser enmendado con la mayoría simple, entiéndase la mitad más uno de la membresía con derecho al voto. Este será revisado cada año para mantener su vigencia dentro de nuestra comunidad universitaria. Además, este reglamento servirá como guía para el funcionamiento del grupo y de sus miembros. Las disposiciones de este pueden ser cumplidas, siempre y cuando no estén en conflicto con el Reglamento General de Estudiantes del Recinto Universitario de Mayagüez y el Reglamento de la Universidad de Puerto Rico.
 

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